viernes, 23 de noviembre de 2007

IMPUGNADOS PRESELECCIONADOS PARA DEFENSOR DEL PUEBLO

ES UN HECHO BOCHORNOSO QUE EMPAÑA LA CREDIBILIDAD DEL ESTADO VENEZOLANO

El Defensor Integral y Universal de Derechos Humanos, el Humanista Israel Alvarez de Armas, presentó ante el Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano un escrito contentivo de la Impugnación a las Preselecciones que hiciera a las personas que se postularon para el cargo de Defensor del Pueblo:

V - 2.083.931 GERMAN SALTRON NEGRETTI V - 12.230.957 ELIZABETH MELGAREJO JAIMES V - 5.038.803 LUZ MARIA MARTINEZ DE CORREA V - 6.153.318 CATALANO CAMPISI NICOLO V - 6.113.784 JUAN PABLO TORRES DELGADO V - 4.390.591 RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHET V - 4.592.921 APONTE SANCHEZ ELIDA ROSA V - 4.078.479 EDWIN ROBERTO SAMBRANO VIDAL V - 2.994.674 GARCIA MALPICA MAGALY JOSEFINA V - 339.103 MANRIQUE SISO MANUEL ROMUALDO V - 6.325.607 GABRIELA DEL MAR RAMIREZ PEREZ V - 3.376.391 SAMUEL GUILLERMO RUH RIOS V – 3.731.372 DUERTO GÓMEZ RENÉ JOSÉ V - 3.883.422 IGNACIO RAMIREZ ROMERO V - 4.742.332 OSCAR ENRIQUE RIVAS V - 9.466.198 JAVIER ALONSO ZAMBRANO PEREZ V - 2.137.339 CALZADILLA DUNLOP AGUSTIN RAFAEL V - 5.002.719 YADIRA ESMERALDA VARGAS V - 4.054.799 RAQUEL ALEXANDRA POITEVIEN CABRAL V - 2.830.633 MOYA HERNANDEZ JOSE INES

En el referido escrito se denuncia que el Comité violó de manera flagrante y contumaz el artículo 279 de la Constitución, como tambien el artículo 27 de la Ley Organica del Poder Ciudadano. El artículo 279 señala que el proceso de selección a los aspirantes que conformarían la terna que el Comite enviaría a la Asamblea Nacional, debe ser Público, lo que fue todo lo contrario, el acto de postulaciones fue público pero no así el proceso de evaluación que se hizo a Puertas Cerradas y de manera sorprendente excluyeron al postulado con mejores credenciales para optar al cargo de Defensor del Pueblo, quien es el Humanista Israel Alvarez de Armas y preseleccionaron a otras personas sin prueba alguna de evaluación conforme lo dispone el artículo 27 de la Ley Organica del Poder Ciudadano.

Es un hecho bochornoso que empaña la credibilidad del Estado Venezolano y deja serias dudas sobre la actividad democratica de los poderes públicos venezolanos. El Humanista Alvarez de Armas solicitó la Nulidad de la preselección con el objeto de que se convoque al publico a presenciar el acto de evaluación como evidentemente asi lo ordena la Constitución de 1999, bajo cuyo imperio todavía nos encontramos.

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